La Administración de Justicia en los tiempos del Coronavirus

Con la declaración de emergencia mundial por efecto del coronavirus muchos han sido los cambios que se han experimentado, especialmente en el sistema de administración de justicia, – Colombia no es la excepción -. Por esta razón, el principal cambio ha sido el avance en la apropiación de la virtualidad y el aprovechamiento de los recursos tecnológicos, humanos y de infraestructura con que ya contaba la Rama Judicial antes de la pandemia.

Sin embargo, la administración de justicia en Colombia y sus diferentes grados de funcionamiento han tenido las siguientes variaciones en cada uno de sus niveles: (i) las Altas Cortes con un total de 91 magistrados, sumado a sus colaboradores, han acudido y se han adaptado al teletrabajo.

(ii) La Corte Constitucional, – corporación más pequeña -, estudia actualmente los Decretos Extraordinarios expedidos por el Gobierno nacional para enfrentar la pandemia, – lo cual permitirá conocer la constitucionalidad de los Decretos expedidos durante estados de excepción propuestos por el presidente Duque.

(iii) Ahora, si bien, el Consejo de Estado consideró que es competente para conocer los decretos ordinarios –conocidos como los más restrictivos- estos no han sido solicitados a la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, por lo que se dice que se encuentran en un limbo jurídico. Sin embargo, la Corte Constitucional ha asumido la competencia sobre estos, otorgándoles un contenido excepcional.

De igual forma, dentro de estos niveles de la administración de justicia, están también los Tribunales Superiores y Administrativos que, gracias a su tamaño, tienen una mayor facilidad para adaptarse al teletrabajo. Con una población que incluye cerca de 456 magistrados pertenecientes a la Jurisdicción Ordinaria, 176 de la Contenciosa Administrativa, más 58 de Consejos Seccionales, así como los empleados judiciales que apoyan a cada uno de estos despachos, – para quienes su mayor limitación de efectuar sus actividades laborales cotidianas es la falta de conectividad en especial en las regiones más apartadas del país, donde este recurso  tecnológico es limitado y en algunos casos no existe -. 

Finalmente, en el último nivel de este sistema están los Jueces, distribuidos según datos del Consejo Superior de la Judicatura, en cerca de 4689 juzgados discriminados así: (i) 342 Juzgados Administrativos; (ii) 1732 Juzgados de Circuito (entre ellos juzgados del orden civil, penal, laboral); (iii) 2591 Juzgados Municipales de todas las especialidades y 24 Juzgados de Descongestión. Siendo estos despachos la esencia del derecho de acceso a la justicia, pero también, los que mayor contacto tienen con los ciudadanos, lo que incrementa considerablemente su exposición al contagio del COVID-1.  Por lo anterior, el Consejo Superior de la Judicatura adoptó el Acuerdo PCSJA20-11546 fechado el pasado 25 abril, en el cual se  establece que, mientras duren las medidas adoptadas por la pandemia, los servidores de la Rama Judicial realizarán actividades de teletrabajo – desde sus casas siempre que sea posible el cumplimiento absoluto y garantista de sus funciones -.

Al respecto, es importante entender que la Rama Judicial se encuentra subordinada y limitada a las directrices excepcionales emitidas por el Gobierno Nacional. Sin embargo, su labor no se ha detenido en los últimos meses, y en el marco de un aislamiento obligatorio nacional, se han llevado a cabo como trámites judiciales esenciales en todo el territorio nacional, la recepción de al menos unas (i) 18.072 acciones de  tutela;  (ii) 501 peticiones de habeas corpus; (iii) 8333 audiencias de control de garantías y (iv) 7214 trámites de ejecución de penas.

Si bien, antes de la llegada del COVID-19 se realizaban unas 300 reuniones virtuales, a la fecha se han hecho más de 15.000, en especial,  los Jueces de Control de Garantías, quienes reportaron cerca de 7000 audiencias durante este periodo.  Lo cual facilita la continuidad de los litigios y el  trabajo de los servidores judiciales, quienes desde la condición de teletrabajo han logrado dar continuidad a las audiencias penales, la recepción de tutelas, habeas corpus, controles de legalidad, peticiones, entre otras actividades jurídicas que han encontrado en la tecnología un valioso aliado para la justicia colombiana. 

Prueba de esto, es que de 326.295 profesionales inscritos en el Registro Nacional de Abogados, solamente el 45% tenían registrado su correo electrónico, lo cual ha incentivado la inscripción de este medio de comunicación en los últimos días, generando una nueva cultura judicial de índole no presencial, que desde el 2003 se materializó en la administración de justicia, con la finalidad de agilizar las actuaciones judiciales y alcanzar una tendencia positiva en las estadísticas de gestión y de respeto a los principios generales del derecho procesal penal colombiano.

En síntesis, el uso de la tecnología al servicio de la Administración de Justicia para el cumplimiento de sus funciones está autorizado como ya lo hemos reseñado para la celebración de diferentes audiencias siempre y cuando se garanticen a los sujetos procesales la dignidad humana, las garantías constitucionales y especialmente el debido proceso. De ahí, que en medio de una pandemia mundial, las diligencias judiciales no solo gocen de validez y eficacia, sino de un cambio que a futuro significarán mayor agilidad en los procesos y cuyas garantías beneficiaran a todos los sujetos procesales allí involucrados.

Pedro José Valdivieso Pérez

KBSV Abogados

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